¿Qué motos se pueden conducir con el carnet de coche?
De alguna u otra manera todos los conductores tenemos la vaga idea de que estando en posesión del carnet B, se pueden conducir motos. Los matices son importantes para saber exactamente qué motos se pueden conducir con el carnet de coche.
Motos que se pueden conducir con el carnet de coche o permiso B
El carnet de moto se divide en tres permisos principales de los cuales al obtener el permiso B de coche automáticamente adquirimos uno, aunque no lo podremos usar hasta tener cierta experiencia.
1. Carnet de moto A1
El permiso A1 de motos es aquel que nos permite conducir motocicletas de una cilindrada máxima de 125cc o una potencia máxima de 11Kw. Se puede obtener desde los 16 años, pero si tienes el carnet de coche y tienes dos años de experiencia tú también puedes conducirlas.
Si quieres conducir otro tipo de motos necesitarás tener el permiso propio.
El carnet de moto A2 es el que nos da la posibilidad de conducir motocicletas de hasta 48CV. Con dos años con este carnet, se puede obtener el carnet de moto A que permite conducir cualquier tipo de moto.
¿Quieres aprovechar tu experiencia con tu permiso de coche para conducir una moto?
Lo principal es que tengas al menos dos años de experiencia conduciendo coches. El segundo paso es ponerse al día respecto a las novedades que ha introducido recientemente la Dirección General de Trabajo:
Uso de guantes
Una de las grandes novedades en la normativa vial respecto a la conducción de motos es el uso obligatorio de guantes. Tanto el conductor como el pasajero tendrán que llevarlos puestos en todo momento. No respetar esta norma podría acarrear hasta 200 euros de multa por cada persona que no los lleve y la retirada de 4 puntos del carnet para el conductor.
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No utilizar el casco o llevarlo mal puesto
Otra de las grandes novedades en la normativa es que se han endurecido las medidas para las personas que no utilicen el caso o lo lleven de forma inadecuada. En este caso concreto la multa conlleva, además, la retirada de entre 3 y 4 puntos del carnet directamente.
Inhibidores de radar
El uso en la moto de inhibidores de radar está totalmente prohibido, de ahí que las consecuencias sean tan duras: sanción de 500 euros y retirada de 3 puntos del carnet.
¿Qué pasa si conduzco una moto para la que no tengo permiso?
En primer lugar, si conduces una moto que tu carnet B no te permite, pones en peligro tu seguridad y la de los demás. Razón de más para no intentarlo sin haber obtenido primero la formación adecuada.
Si vas conduciendo una motocicleta para la que no tienes permiso recibirás una multa y te requerirán para que demuestres que lo tenías, pero no lo tienes así que empiezan los problemas graves.
Puede pasar que el fallo haya sido que el carnet estuviera caducado. En este caso, la DGT puede emitir una multa con un importe de hasta 200€.
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